¿Qué son los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE)?
Los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) son ventanillas únicas electrónicas o presenciales, a través de las que se podrán realizar trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial.
Los PAE se encargarán de facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.
Más información: Punto de Atención al Emprendedor de la DGIPYME.
¿Cómo puedo encontrar los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE)?
¿Un punto PAIT es lo mismo que un punto PAE?
Los Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT) son denominados actualmente Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) con las mismas funciones.
¿Dónde me puedo informar para la creación de una empresa?
La Dirección General de Industria y de la PYME le ofrece un entorno guiado donde se le explica paso a paso los trámites necesarios para la puesta en marcha de una empresa.
Además, el sistema de tramitación electrónica CIRCE, le posibilita la creación de su empresa a través de Internet.
Existe una red de Punto de Atención al Emprendedor (PAE) que pueden asesorarle en esta materia (forma jurídica más conveniente para su negocio, financiación, etc).
En función de la actividad desarrollada se deberá comunicar con carácter obligatorio el inicio de la actividad en aquellas administraciones, autoridades y/o registros (sectoriales, estatales, autonómicos y municipales) que correspondan.
Ejemplos:
- La competencia de acreditación de certificaciones energéticas es responsabilidad de las Consejerías de Industria de las CC. AA.
- El cuidado domiciliario de mayores y/o niños está regulada por las Consejerías de Sanidad de las CC.AA.
¿Puedo cobrar el paro en un pago único?
Puede cobrar el paro en un pago único, con las siguientes limitaciones:
- bien para incorporarse de forma estable como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales ya constituidas o constituirlas, aunque se haya mantenido un vínculo contractual previo con las mismas
- o bien para desarrollar una actividad como trabajadores autónomos (no se incluirán en este supuesto, quienes se constituyan como trabajadores autónomos económicamente dependientes)
- o bien destinar el importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad
Puede obtener más información al respecto en la página del SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal).
¿Qué ayudas existen para la creación de empresas?
¿Qué ayudas o bonificaciones existen para desempleados que quieran constituir un negocio?
La capitalización de la prestación por desempleo o pago único es otra medida conocida entre las ayudas y subvenciones para emprendedores.
La capitalización del paro consiste en recibir la prestación por desempleo a la que tengas derecho en un solo pago, con el objetivo de que puedas iniciar una actividad empresarial.
Los requisitos que se deben cumplir son los siguientes:
- Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo.
- No haber cobrado el pago único en los cuatro años anteriores.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la concesión.
- Si se ha impugnado ante la Jurisdicción Laboral el despido que da lugar a la prestación por desempleo, la solicitud de la capitalización debe ser posterior a la resolución del procedimiento.
- Si se trata de la incorporación a una cooperativa y en los estatutos de esta se establece que los socios deben superar un periodo de prueba, se deberá haber superado.
En la página web del SEPE se puede descargar la solicitud
¿Qué es el DUE?
El DUE (Documento Único Electrónico) es un documento electrónico que recoge todos los datos necesarios para la constitución y puesta en marcha de una empresa. Este documento sustituye a múltiples formularios requeridos por Organismos y Administraciones involucrados en el proceso de creación de empresas.
Mediante este documento y utilizando el sistema CIRCE se pueden crear los siguientes tipos de empresa:
¿Se puede cumplimentar el DUE desde notaría, sin necesidad de acudir a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE)?
¿Es posible simultanear el trabajo por cuenta propia y por cuenta ajena?
No hay ningún impedimento legal, salvo si hubiera firmado una cláusula de exclusividad con la empresa en la que trabaja o estuviera sometido a las incompatibilidades exigidas al personal al servicio de las Administraciones Públicas.
En relación a la Seguridad Social, deberá cotizar en el RETA por su trabajo de autónomo y en el régimen general por el trabajo por cuenta ajena. Este es un supuesto de pluriactividad.
En la Ley de apoyo al emprendedor se establecen medidas que reducen la carga de cotización en los supuestos de pluriactividad (ver artículo 28).
Los trámites para establecerse como Autónomo se pueden realizar de dos formas telemáticamente (con el sistema CIRCE) o presencialmente.
¿Qué debe hacer un ciudadano de la Unión Europea que quiera establecerse como empresario individual en España?
Debe de obtener el Número de Identificación de ciudadano extranjero comunitario (NIE) y realizar la inscripción en el Registro de Extranjeros. Más información
Una vez obtenido el NIE puede llevar a cabo el alta de la actividad en la Agencia Tributaria y en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social. También podrá utilizar la tramitación electrónica para crear su empresa.
¿Un empresario Autónomo puede contratar personal?
Sí. Todos los trámites necesarios y los tipos de contrato existentes se pueden encontrar en el portal PYME.
¿Dónde me puedo informar de todo lo necesario para crear u obtener una franquicia?
En el Real Decreto 201/2010, se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores.
¿Existen ayudas para el funcionamiento mediante franquicia?
¿Qué debemos tener en cuenta a la hora de elegir la forma jurídica de una nueva empresa?
- La responsabilidad de los promotores. La responsabilidad puede ser:
- Limitada al capital aportado (ej: las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada etc.)
- Ilimitada, en esta caso afecta tanto al patrimonio empresarial como al personal (ej: empresario individual)
- El número de socios. En función de que sean 1 o varios los promotores la elección de la forma jurídica puede variar.
- El capital social aportado. Algunos tipos societarios exigen un capital mínimo.
- Aspectos Fiscales. Según el tipo elegido se tributará por IRPF o por impuesto de sociedades.
- Tipo de actividad. Habrá que tenerlo en cuenta para determinados casos en los que exista una normativa especial aplicable.
La Dirección General de Industria y de la PYME le ofrece un entorno guiado para la elección de la forma jurídica y le proporciona toda la información necesaria para la creación de la empresa.
Ir a "Elección de la forma jurídica"
¿Qué es el representante legal de una sociedad?
Un representante legal es una persona que actúa en nombre de otra, ya sea en nombre de una persona natural o de una persona jurídica.
La representación legal generalmente es otorgada por escritura pública.
La representación permite que el representante legal se haga cargo de los negocios, obligaciones y derechos del representado; pudiendo administrarlos y disponer de ellos según las condiciones acordadas en el momento de crearse la representación.
El representante legal en las sociedades mercantiles, ¿es único o pueden ser varios?
La administración y representación de una sociedad se ejercen por el Organo de Administración de la misma, según la estructura que tenga dicho órgano de conformidad con lo establecido en los estatutos sociales.
La Ley de Sociedades de Capital permite que la administración y representación de las sociedades se confíe a cualquiera de los siguientes órganos:
- Un Administrador Único, que ejercerá el poder de representación de la sociedad.
- Varios Administradores Solidarios, que podrán actuar indistintamente en nombre de la sociedad tanto para la realización de los actos de gestión como para la representación de la sociedad en juicio o fuera de él.
- Varios Administradores Mancomunados, que deberán actuar conjuntamente de común acuerdo, aunque para representar a la sociedad bastará la actuación de al menos dos de ellos de conformidad con lo que se haya establecido en los estatutos sociales.
- Un Consejo de Administración, que ejercerá colegiadamente la representación de la sociedad, salvo que los estatutos atribuyan a uno o varios consejeros en concreto el poder de representación de la sociedad bien individualmente o bien conjuntamente.
Cursos online para el Emprendedor y la PYME
Cursos para la creación telemática de Sociedades, Comunidades de bienes y Autónomos
La Dirección General de Industria y de la PYME (DGIPYME) pone a disposición de los usuarios un conjunto de vídeos cuyo objetivo es mostrar el correcto manejo de la herramienta de creación de empresas telemáticamente. Los vídeos son tutoriales para aprender a manejar la herramienta PACDUE y conseguir cumplimentar todos los apartados del Documento Único Electrónico (documento necesario para la creación de una empresa de manera telemática).
Vídeos tutoriales para la cumplimentación del DUE
Cursos para emprendedores y PYME
La DGIPYME también ofrece cursos de formación online. Estos cursos son gratuitos, no cuentan con tutor y a la finalización de los mismos no se expiden títulos ni certificados.
Los cursos que se ofrecen son los siguientes: El plan de negocio, Contabilidad y finanzas, Marketing, Propiedad intelectual y patentes.
Acceso a los cursos
¿Cuáles son las prohibiciones para ser administrador de una Sociedad mercantil?
Las prohibiciones para ser Administrador en una sociedad de capital mercantil figuran en el art. 213 de la Ley de Sociedades de Capital:
"No pueden ser administradores los menores de edad no emancipados, los judicialmente incapacitados, las personas inhabilitadas conforme a la Ley Concursal mientras no haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso y los condenados por delitos contra la libertad, contra el patrimonio o contra el orden socioeconómico, contra la seguridad colectiva, contra la Administración de Justicia o por cualquier clase de falsedad, así como aquéllos que por razón de su cargo no puedan ejercer el comercio"
¿La tramitación telemática a través de CIRCE y la tramitación presencial son compatibles o complementarias?
Ambas tramitaciones son independientes y excluyentes. No se pueden integrar actos o pasos de uno en otro.
Cuando se constituye el capital social en una sociedad ¿los socios obligatoriamente deben hacer aportaciones iguales?
No es necesario que las participaciones de cada socio sean iguales, unos pueden aportar más que otros.
¿Se debe desembolsar íntegramente el capital social desde el otorgamiento de la escritura?
En el caso de las SRL, el Capital Social debe estar totalmente desembolsado desde su origen, es decir, en el momento en el que se acude a notaría; tanto en lo que se refiere al aportado en la constitución como a posibles aumentos posteriores del Capital Social.
En las Sociedades Anónimas, el Capital Social debe estar totalmente suscrito, pero no necesariamente desembolsado en su totalidad; basta con desembolsar inicialmente el 25% del mismo y el restante según se acuerde en los Estatutos (máximo 5 años si se trata de aportaciones no dinerarias).
¿Qué operaciones societarias están exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados?
¿Qué es la licencia de actividad o de funcionamiento?
Es una licencia municipal obligatoria para que en un local, nave u oficina pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios. Consiste en un documento que acredita el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de esa actividad.
La licencia de actividad o funcionamiento se concede al dueño de un negocio para el desarrollo de una actividad determinada. Deberá renovarse cada vez que cambie la actividad desarrollada en el local, que haya modificaciones en el mismo o que cambien los propietarios del negocio, por ejemplo en caso de traspaso.
Las únicas actividades exentas son aquellas profesionales, artesanales y artísticas que se realizan en el domicilio, siempre y cuando no exista venta o atención directa al público y no se cause molestias a los vecinos.
¿Se puede crear una empresa aunque se esté trabajando en otra?
Si, puede crear una empresa, por ejemplo una SRL, y seguir trabajando. La única limitación dependerá si su contrato de trabajo recoge alguna cláusula limitativa en este sentido. Para ser socio en una empresa no se exige estar desempleado.
Situación en la nueva empresa:
- ser solamente socio capitalista y en este caso no hay obligación de cotizar a la Seguridad Social, o
- ser socio y también trabajador de la nueva empresa. El alta en la Seguridad Social depende del porcentaje de participación en la empresa:
- Si es menor que el 33% del capital o menos del 25% siendo administrador: alta en el Régimen General (situación de pluriempleo). En pluriempleo se suman las cotizaciones y si entre las dos se supera la base máxima, se prorratea la cotización entre las dos empresas.
- Si es mayor: alta en el régimen de Autónomos (situación de pluriactividad). En pluriactividad, se puede solicitar la devolución de una parte de la cotización al Régimen de Autónomos, al año siguiente.
Más información.
¿Puedo crear una empresa en un país extranjero e inscribirla en España?
Tiene que hacer la inscripción en el país correspondiente, en España podrá inscribir una sucursal, en su caso.
¿Cuáles son los requisitos para el establecimiento de una empresa de la UE en España?
Las condiciones para establecerse en España son las fijadas por la legislación del país de establecimiento para sus propios nacionales, de acuerdo con el Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (artículo 49 del Capítulo II. DERECHO DE ESTABLECIMIENTO):
En el marco de las disposiciones siguientes, quedarán prohibidas las restricciones a la libertad de establecimiento de los nacionales de un Estado miembro en el territorio de otro Estado miembro. Dicha prohibición se extenderá igualmente a las restricciones relativas a la apertura de agencias, sucursales o filiales por los nacionales de un Estado miembro establecidos en el territorio de otro Estado miembro. La libertad de establecimiento comprenderá el acceso a las actividades no asalariadas y su ejercicio, así como la constitución y gestión de empresas y, especialmente, de sociedades, tal como se definen en el párrafo segundo del artículo 54, en las condiciones fijadas por la legislación del país de establecimiento para sus propios nacionales, sin perjuicio de las disposiciones del capítulo relativo a los capitales.
Ver también Establecerse en España, información ofrecida por el portal Invest in Spain.
¿Qué es un plan de empresa?
Se puede definir como un documento que identifica, describe y analiza una oportunidad de negocio, examina la viabilidad técnica, económica y financiera del mismo y desarrolla todos los procedimientos y estrategias necesarias para convertir la citada oportunidad en un proyecto empresarial concreto. Además, puede servir de tarjeta de presentación ante entidades financieras, instituciones o posibles socios.
Acceso a la herramienta Plan de empresa
¿Cómo me puedo asesorar para realizar un plan de negocio? ¿quién me puede ayudar a revisarlo?
El Plan de Empresa es un documento que identifica, describe y analiza una oportunidad de negocio, examina la viabilidad técnica, económica y financiera del mismo y desarrolla todos los procedimientos y estrategias necesarias para convertir la citada oportunidad en un proyecto empresarial concreto.
La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (DGIPYME) le ofrece una herramienta gratuita para realizar su plan de empresa. Para recibir asesoramiento, puede acudir a cualquier Punto de Atención al Emprendedor (PAE) y solicitar ayuda.
¿Qué requisitos existen para crear un colegio?
Las competencias sobre educación están transferidas a las Comunidades Autónomas, por lo tanto deberá acudir a la Consejería de Educación correspondiente a cada CC.AA.
¿Qué requisitos existen para montar un gimnasio o centro de masajes?
Estas competencias son responsabilidad de las Consejerías de Sanidad de las CCAA.
¿Qué requisitos existen para montar una tienda de animales?
Se deberá tener en cuenta los aspectos administrativos: licencias, permisos, que dependen de las CC.AA, y ademas:
- La Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres - portal CITES.
- Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
¿Dónde me puedo asesorar para montar un negocio por INTERNET?
Toda la información necesaria en los siguientes enlaces:
¿Dónde me puedo informar para crear una empresa pesquera?
¿Puedo crear una empresa para vender productos alimenticios fabricados en casa?
Los requisitos dependerán del tipo de forma jurídica que elija para su empresa. La Dirección de Industria y de la PYME le ofrece un entorno guiado para facilitarle la elección: portal Plataforma PYME.
Los trámites específicos para la puesta en marcha de una empresa de alimentación están regulados por las Consejerías de Sanidad de las CC.AA.
¿Qué requisitos existen para crear una agencia de viajes?
¿Qué requisitos existen para la creación de una empresa de turismo activo?
¿Qué requisitos existen para montar una repostería y venta por INTERNET?
Los requisitos dependerán del tipo de forma jurídica que elija para su empresa. La Dirección de Industria y de la PYME le ofrece un entorno guiado para facilitarle la elección: portal Plataforma PYME.
Los trámites específicos para la puesta en marcha de una repostería están regulados por las Consejerías de Sanidad de las CC.AA.
Puede más información sobre la venta por Internet en los siguientes enlaces:
¿Qué requisitos tengo que cumplir para crear una empresa de control de plagas?
Los requisitos dependerán del tipo de forma jurídica que elija para su empresa. La Dirección de Industria y de la PYME le ofrece un entorno guiado para facilitarle la elección: portal Plataforma PYME.
Los trámites específicos para la puesta en marcha de una empresa de control de plagas están regulados por las Consejerías de Sanidad de las CC.AA.
¿Dónde tiene que registrarse una empresa fabricante de elementos para automoción?
¿Qué permisos son necesarios para comercializar productos sanitarios?
La comercialización de productos sanitarios es competencia de las Consejerías de Sanidad de las CC.AA.
¿Qué permisos hay que obtener para crear una empresa de reciclaje de residuos?
¿Qué acreditación necesita una empresa para emitir certificaciones energéticas?
La competencia de la acreditación es responsabilidad de las Consejerías de Industria de las CCAA.
¿Quién regula la actividad de las empresas dedicadas al cuidado de mayores y niños?
Esta actividad está regulada por las Consejerías de Sanidad de las CCAA.
¿Dónde se obtiene la denominación social?
La solicitud se realiza ante el Registro Mercantil Central.
Algunos criterios a tener en cuenta para solicitar una denominación social:
- Las Sociedades Anónimas y Limitadas podrán tener una denominación subjetiva o razón social, o una denominación objetiva.
- Las sociedades colectivas o comanditarias simples deberán tener una denominación subjetiva o razón social, en la que figuren necesariamente el nombre y apellidos, o sólo uno de los apellidos de todos los socios colectivos, de algunos de ellos o de uno sólo, debiendo añadirse en estos dos últimos casos la expresión “y compañía” o su abreviatura “y cía”. Podrá formar parte de dicha denominación subjetiva alguna expresión que haga referencia a una actividad que esté incluida en el objeto social.
- La denominación objetiva podrá hacer referencia a una o varias actividades económicas o ser de fantasía.
- No podrá adoptarse una denominación objetiva que haga referencia a una actividad que no esté incluida en el objeto social.
- En la denominación social no podrá incluirse total o parcialmente el nombre o el seudónimo de una persona física o jurídica sin su autorización o consentimiento.
- A la denominación deberá seguir la forma social o los términos que por imperativo legal, de acuerdo con la legislación especial de sociedades o entidades inscribibles, deban figurar a continuación de la misma, como por ejemplo “FIM” para “Fondo de Inversión Mobiliaria”. Estos términos carecen de virtualidad diferenciadora.
- No se permite adicionar a la expresión denominativa la abreviatura o anagrama de la misma.
- Cuando una denominación figura ya en otro idioma, se entiende que existe identidad entre ambas.
- No podrán inscribirse en el Registro Mercantil las sociedades o entidades cuya denominación sea idéntica a otra ya existente. Se entiende que existe identidad no sólo en caso de coincidencia total y absoluta entre denominaciones, sino también cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- La utilización de las mismas palabras en diferente orden, género o número.
- La utilización de palabras distintas que tengan la misma expresión o notoria semejanza fonética.
- La utilización de las mismas palabras con la adición o supresión de términos o expresiones genéricas o accesorias.
¿Cómo se liquida el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados?
La liquidación del Impuesto de transmisiones patrimoniales se realiza rellenando el Modelo 600 (para la modalidad de Actos Societarios) o el Modelo 601 (en cualquier caso, cada CCAA podrán exigir el uso de sus propios modelos) para la modalidad de Actos Jurídicos Documentados. Los organismos responsables de este impuesto son las Consejerías de Hacienda de las Comunidades Autónomas, donde se encuentre domiciliada la empresa.
La constitución de sociedades está actualmente exenta del pago el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP/AJD), sin embargo, es necesaria la obtención del justificante (Modelo 600) que emitirá la Comunidad Autónoma pertinente.
¿Quién otorga la licencia de actividad o de funcionamiento?
El Ayuntamiento del término municipal en el que se vaya a ejercer la actividad.
La Ley de Economía Sostenible, de 4 de marzo de 2011, eliminó la obligatoriedad de la licencia de apertura para la mayor parte de las actividades, siendo suficiente con la presentación de una declaración responsable. Se entiende por "declaración responsable" el documento suscrito por el titular de la actividad o representante en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que una actuación urbanística cumple con los requisitos urbanísticos exigidos por la normativa vigente para su implantación, modificación o desarrollo y que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a su cumplimiento durante el tiempo en que mantenga dicha actuación.
¿Dónde obtener el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo?
Las Empresas estaban obligadas a tener en cada centro de trabajo un Libro de Visitas a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los funcionarios habilitados para comprobaciones en materia de riesgos laborales. Dicha obligación alcanzaba, asimismo, a los trabajadores por cuenta propia y a los titulares de centros o establecimientos, aun cuando no emplearan trabajadores por cuenta ajena, e independiente del régimen de la Seguridad Social aplicable.
Actualmente, no se impone a ninguna empresa la obligación de adquirir o diligenciar cualquier clase de libro o formulario, necesarios para la realización de las diligencias en materia de riesgos laborales.
Más información: Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social
¿Es obligatoria el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), aunque se esté exento?
No, en los casos en los que se esté exento no es necesario presentar declaración de alta en el IAE.
La exención se aplica a:
- Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle la misma.
- Las personas físicas.
- Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles y las entidades en atribución de rentas, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
Sin embargo, aunque se esté exento, es necesario declarar todas las actividades económicas que se desarrollen, así como, en su caso, la relación de los establecimientos o locales en los que las lleven a cabo, mediante la declaración censal, modelos 036 o 037.
En el caso de que cualquiera de sus actividades tribute en el IAE, presentará declaración por el impuesto por todas las actividades incluso por las exentas.
Los sujetos pasivos que desarrollen actividades cuya cuota resultante sea cero, bien porque ello resulte de la aplicación de las tarifas, bien por haber sido así declarado por la Administración del Estado, no estarán obligados a presentar declaración de alta, a excepción de las agrupaciones y uniones temporales de empresas clasificadas en el grupo 508 de la sección 1.ª de las tarifas, que deberán presentar declaración de alta en la matrícula de acuerdo con lo preceptuado en el apartado 3 de la regla 15.ª de la Instrucción del impuesto aprobada en el anexo 2 del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre.