El Censo de Empresarios, profesionales y retenedores debe recoger todos los cambios que se produzcan en los datos que figuran en la declaración de alta.
Modelos de declaración censal:
- 036 con carácter general.
- 037 exclusivamente para las personas físicas que cumplan determinadas condiciones (empresario individual y emprendedor de responsabilidad limitada).
Hay que indicar, en primer lugar, las causas de presentación de la declaración de modificación. Es necesario cumplimentar las páginas y apartados correspondientes en los siguientes supuestos:
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Modificación de datos relativos al IVA (página 5 del modelo 036 y página 2 del 037).
Para el siguiente supuesto:
- Alta/baja en el Registro de operadores intracomunitarios (ROI) (casilla 130).
- Se marcará la casilla 130 para solicitar la inclusión o la baja en este registro.
- Los sujetos pasivos deben marcar la casilla 582 para solicitar el alta.
- Mediante la casilla 583 se solicitará la baja del ROI.
- Sólo se podrá usar el modelo 036 para solicitar el NIF-IVA (número que se asigna para operaciones intracomunitarias).
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Modificación datos relativos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (casilla 132)
En los siguientes supuestos:
- el alta o la baja en la obligación de presentar pagos fraccionados a cuenta del IRPF y
- la variación que se haya producido en la aplicación del método de estimación del rendimiento de la actividad en el IRPF.
En el modelo 036, casillas de la 600 a la 619 y la 650, en la página 6.
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Modificación de datos relativos a regímenes especiales de comercio intracomunitario (casilla 138, solo modelo 036, página 7).
Para los siguientes dos supuestos:
- Régimen especial de ventas a distancia: permite optar por tributar en IVA en el país de destino de la venta y a la no sujeción al IVA en España;
- En las adquisiciones intracomunitarias de bienes que realicen en el régimen particular de las personas en régimen especial (PRES), se permite optar por la sujeción al IVA. Se aplica aun cuando no hubiesen superado en el año natural en curso o en el precedente el límite de 10.000 euros fijados en dicho régimen.